La Ley contra la erradicación de violencia y acoso laboral, que trata sobre la desconexión digital, entró en vigencia

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«La violencia y el acoso laboral comprende también la no desconexión digital, el desacato a su tiempo de descanso, permisos y vacaciones, así como de su privacidad de la intimidad personal y familiar», describe el artículo 10 de esta Ley.

El irrespeto al tiempo de descanso, permisos y vacaciones también será una infracción, al igual que irrumpir en la intimidad personal y familiar. Además, los empleadores no podrán cambiar de responsabilidades al empleado sin su consentimiento explícito.

La legisladora ponente del proyecto, María Teresa Pasquel, de Gente Buena, aclara que el acoso laboral trata sobre acciones que van en detrimento del respeto de la dignidad de los trabajadores en cualquier caso en el que son actos repetitivos y constantes y que van en aumento.

Pero señaló que «no es lógico que digamos que porque le ha llamado al trabajador en un día sábado o fuera del horario de trabajo por una ocasión, por pocas ocasiones, se trata de acoso, porque el acoso es cuando son repetitivos, constantes y continuos sin considerar la vida privada».

Sin embargo, para poder aplicarse esta Ley, es necesario que entidades como la Senescyt, y los Ministerios de Trabajo, Educación, y Salud emitan un reglamento, sobre los ámbitos que le competen a cada cartera de Estado. Tienen 180 días desde hoy para hacerlo.

Fuente: Ecuavisa