La declaratoria de estado de excepción que conlleva, entre otros aspectos, la limitación del derecho de libre tránsito, a través de toques de queda, para tratar de disminuir el impacto del COVID-19 ha sido una disyuntiva entre el Gobierno nacional y la Corte Constitucional (CC) desde finales de agosto de 2020.
En ese mes, la exministra María Paula Romo informó que la CC no admitiría una nueva declaratoria de estado de excepción por la misma causa (calamidad pública), por lo que el régimen debía buscar otras medidas.
Sin embargo, en diciembre de ese año se recurrió nuevamente a la figura legal por la situación epidemiológica, pero en enero de 2021, la CC dejó sin efecto el decreto 1217 emitido por el presidente Lenín Moreno. Luego la Corte señaló que sí era posible que el presidente decrete un nuevo estado de excepción, pero focalizado por zonas, cantones o provincias.
El pasado 1 de abril, debido al aumento constante de personas fallecidas y contagiadas a causa del virus, el presidente volvió a declarar el estado de excepción, pero esta vez de forma focalizada, en ocho provincias durante 30 días.
Pero la CC, el pasado 6 de abril, dispuso que esta medida solo regiría hasta la medianoche del 9 de abril “en razón de que las medidas adoptadas, en particular el toque de queda, fueron justificadas por el presidente de la República únicamente hasta esa fecha”.
Además, ordenó a la Presidencia que en el plazo máximo de tres meses se elabore y presente ante la Asamblea Nacional un proyecto de ley que regule de manera adecuada el derecho a la libertad de tránsito de forma temporal y únicamente para afrontar la pandemia.
Este ‘tira y hala’ legal se ha formado por un error de interpretación de la CC y por fallas conceptuales del régimen, indica el abogado constitucionalista Ismael Quintana. “Cuando se decretó el primer estado de excepción el año pasado fue para 60 días y luego fue renovado por 30 días más. Después se quiso renovar por segunda ocasión, pero la CC no lo permitió porque a su juicio la figura legal no puede ser renovada indefinidamente. La CC incurrió en una equivocación interpretativa de la Constitución. Luego reculó al permitir los estados de excepción focalizados”, indica.
A partir de esa equivocación, según Quintana, surge el argumento del Ejecutivo de decir que la CC ha dictaminado que no se puede decretar más estados de excepción. “Además, la CC le ha venido observando al Ejecutivo, y con razón, que ha estado delegando todo al Comité de Operaciones de Emergencia (COE) nacional. Ha estado delegando las decisiones que son exclusivas del presidente a esta institución que no existe constitucionalmente hablando”, afirma.
Entonces, ¿con el proyecto de ley exigido a la Presidencia se zanjará este inconveniente? No necesariamente, señala Quintana. La CC lo que le dice al presidente es que no se puede estar recurriendo al estado de excepción para enfrentar una pandemia que ya se volvió una situación ordinaria.
“No puede ser posible que se tenga a los COE cantonales dictando reglas que son estados de excepción solapados como las restricciones vehiculares que existen en ciudades como Quito o Guayaquil”, añade.
“Permanentemente la CC le ha venido exhortando al presidente que elabore un proyecto de ley que contenga un marco normativo que permita enfrentar la pandemia bajo el régimen constitucional ordinario. En el último dictamen ya hay un mandato y se ha dado un plazo de tres meses al Ejecutivo y tres meses a la Asamblea para su aprobación”, afirma en experto en derecho.
Para Kléber Sigüencia Suárez, abogado constitucionalista, la normativa aclararía “un poco más” el panorama jurídico con relación a la pandemia. Señala que las leyes son creadas para adaptarse a la realidad de la sociedad y que actualmente hay una situación imprevista por el constituyente y que debe presentarse una solución.
Además, añade que se debe dar un pronunciamiento jurídico que despeje las dudas que actualmente hay sobre el tiempo que puede durar el estado de excepción.
Quintana aclara que esta ley no podría imponer confinamientos o toques de queda, ya que este tipo de decisiones solo se pueden ejecutar con un estado de excepción.
Juan Zapata, presidente del COE nacional, afirma que están trabajando en la normativa y que tiene un 70 % de avance. Según el funcionario en 15 días estarán listos para presentarla. “Ni la Constitución ni la ley previeron una situación como la pandemia. Es el momento para que todos nos unamos tanto COE, CC, municipios y la ciudadanía”, señala.
El pasado 14 de abril, el ministro de Gobierno Gabriel Matínez estuvo en una de las sesiones del COE nacional y anunció que la siguiente semana invitarán a los miembros de la CC para que acudan a una de estas reuniones y conozcan con claridad las cifras de contagios, muertes y el número de personas que están a la espera por una cama en cuidados intensivos. Esto fue respaldado por la alcaldesa de Guayaquil, Cynthia Viteri: “Debemos lograr que se retome el estado de excepción”, dijo.
Tanto Sigüenza como Quintana concuerdan en que la aprobación y análisis de la normativa se daría en el Gobierno entrante de Guillermo Lasso, ya que se necesita de un estudio cuidadoso con base a data científica y jurídica para saber qué se podrá regular dentro del derecho a la libertad de tránsito. Los juristas aseguran que Lasso sí podría hacer uso de la figura del estado de excepción de ser necesario siempre que se enmarque en las aclaraciones de la CC.
Fuente: El Mercurio