Documentos
A continuación, exponemos íntegramente, la misiva remitida por la OEA:
Me dirijo a usted en relación con las declaraciones que distintos medios de prensa han publicado respecto a la Misión de Observación Electoral desplegada por la Organización de los Estados Americanos (OEA) para el Referéndum y Consulta Popular del 4 de febrero de 2018, en las que usted afirma que la Misión de la OEA no respetó el reglamento del Consejo Nacional Electoral del Ecuador.
Sobre lo anterior, la OEA niega rotundamente haber violado cualquier normativa interna y hace las siguientes precisiones:
1. La Misión llevó a cabo su trabajo de observación en estricto cumplimiento con el acuerdo de inmunidades y privilegios firmado con el gobierno ecuatoriano y con el acuerdo de procedimientos firmado con el Consejo Nacional Electoral.
2. El Informe Final de la Misión fue presentado el pasado 23 de enero ante el Consejo Permanente de la OEA, momento en que el Representante Permanente del Ecuador ante la OEA, Embajador Carlos Játiva manifestó que “el Ecuador expresa su reconocimiento al señor Secretario General de la OEA por haber atendido la invitación del Consejo Nacional Electoral del Ecuador de acompañarle en este significativo acto para mi país, así como a los integrantes de la Misión de Expertos Electorales de la Organización por la importante labor cumplida”1 .
3. El acuerdo de procedimientos, firmado por la entonces Presidenta del Consejo Nacional del Ecuador, Licenciada Nubia Villacís establece en su artículo 1 b. que “el CNE, durante el proceso electoral, y los periodos anteriores y posteriores al mismo, garantizará a la Misión el libre desplazamiento y movimiento en todo el territorio ecuatoriano así como el acceso de sus observadores a todas las áreas de los organismos que conforman el sistema electoral”.
4. El artículo anterior refleja que la OEA acordó expresamente con el CNE el alcance de la Misión, que además está total y completamente en línea con la metodología que implementa la OEA en otros 27 países de la región en más de 260 Misiones de Observación Electoral. Esta metodología permite a la OEA analizar el «período preelectoral, el día de las elecciones y el período postelectoral mediante una observación completa y a largo plazo, utilizando diversas técnicas» como se menciona en el Artículo 5 de la Declaración de Principios para la Observación Electoral Internacional, del cual la OEA es firmante.
5. Desde 1968, la OEA ha desplegado 20 Misiones de Observación Electoral en Ecuador, convirtiendo al Ecuador en el Estado Miembro que más MOEs ha recibido desde el inicio de este programa. Más aun, Ecuador es el país que más ha implementado las recomendaciones2 de las Misiones de la OEA, lo cual es un reflejo del valor del programa para contribuir al notorio fortalecimiento del sistema electoral ecuatoriano.
Asimismo, deseo manifestar nuestra preocupación ante sus declaraciones respecto a cambios en el reglamento para la observación electoral en Ecuador, el cual establecería que los observadores “no podrán efectuar entrevistas a funcionarios del CNE, autoridades nacionales, dirigentes de partidos y candidatos. Tampoco registrarán y reportarán controversias, situaciones irregulares o de conflicto durante los comicios electorales”3. Lo anterior imposibilitaría cualquier tipo de observación electoral independiente e imparcial.
En ese contexto, lamentamos profundamente que hasta la fecha la OEA no haya recibido una invitación para observar las Elecciones Seccionales y del Consejo de Participación Ciudadana programadas para marzo de 2019.
El Departamento para la Cooperación y Observación Electoral expresa su voluntad y mantiene su disposición para observar las Elecciones Seccionales y del Consejo de Participación Ciudadana de 2019, siempre y cuando se otorguen las garantías de libre acceso, desplazamiento, transparencia y facilidades con los que ha contado la OEA en procesos electorales anteriores en Ecuador. Asimismo, me permito informar que, contrario a declaraciones de otros integrantes del CNE, las Misiones de Observación Electoral de la OEA no generan un gasto presupuestal a la autoridad electoral, dado que el manual de nuestra institución, conforme a estándares internacionales, no permite al país anfitrión contribuir con recursos financieros para el despliegue de observadores en su territorio.
Atentamente,
Gerardo de Icaza
Director Departamento para la Cooperación y Observación Electoral
Secretaría para el Fortalecimiento de la Democracia
(JPM)
Fuente: OEA – Ecuadorinmediato.com