Ya rige nueva tabla de pensiones alimenticias

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En base al Código de la Niñez y Adolescencia, el Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES) hizo pública la nueva Tabla de pensiones alimenticias que regirán para el 2020.

Esta nueva fórmula de cálculo está en vigencia desde el 5 de febrero de 2020.

Las pensiones alimenticias se calculan en base al Salario Básico Unificado (SBU), que en la actualidad es de $400.

La tabla está compuesta por 6 niveles, que determinan el porcentaje que deberá pagar el alimentante de acuerdo a sus ingresos y el número de hijos que tenga.

Por ejemplo, si solicita una pensión de alimentos para su hijo menor a 2 años y el alimentante recibe un SBU, de acuerdo a la tabla deberá destinar el 28.12% de ese salario ($ 112.48) al pago de la pensión; si la edad de su hijo es de 3 años en adelante, el alimentante deberá destinar el 29.49% de ese SBU ($ 117,96).

Menores con discapacidad

Una novedad de este año, es que el MIES estableció un ingreso adicional para menores con discapacidad moderada, grave y muy grave.

El alimentante deberá destinar el 28.12% de ese salario ($ 112.48) más el 4.56% ($ 18.24), en total $ 130.72, si recibe un SBU, para un menor con discapacidad moderada. El porcentaje varía según el grado de discapacidad para grave el aporte será de 5.23% y muy grave el 6.63%, esto en el caso de tener un SBU como ingreso.

El propósito es cubrir la rehabilitación y ayudas técnicas (medicina, controles médicos, atención y cuidados) que deben recibir este grupo de menores con discapacidad.

Se puede acceder a la tabla completa a través de la página web del MIES.

Fuente: El Tiempo