Afectación a concesiones mineras actuales de Cuenca, con criterios contradictorios del alcalde y empresas

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Tras conocerse del visto bueno que dio la Corte Constitucional a la realización de una consulta popular para el cantón Cuenca, a fin de que su población se pronuncie para prohibir la actividad minera metálica en zonas de cinco ríos, existen dos visiones sobre el alcance de este pronunciamiento y la posible afectación a las concesiones actuales en la zona.

Es que la Corte aclaró en su fallo que los «efectos de la presente consulta popular, ante un pronunciamiento afirmativo del electorado, serán únicamente hacia el futuro».

En este sentido la Cámara de Minería del Ecuador, que en una rueda de prensa rechazó el pronunciamiento de la Corte, pues considera que abre la puerta a la inseguridad jurídica, dijo que para el caso de las concesiones actuales, estas no deben verse afectadas. De acuerdo con Xavier Ycaza, síndico de la Cámara, el resultado de la consulta se deberá aplicar a las concesiones nuevas, pues las anteriores ya cuentan con sus títulos habilitantes que les da el derecho de explorar, explotar y beneficiarse del recurso.

Entre tanto, el alcalde de Cuenca, Pedro Palacio, entiende el tema de manera distinta. Dijo en rueda de prensa que, efectivamente, se aplicará hacia futuro, pero que la consulta es sobre la explotación minera, por lo que a varias concesiones que aún no están en esa etapa se les tendrá que aplicar el resultado. El alcalde también dijo que debido a que en ocasiones anteriores la Corte había negado pedidos similares, esta vez tuvieron los cuidados necesarios para evitar cometer errores de constitucionalidad.

La Alcaldía de Cuenca y otras organizaciones ambientalistas presentaron el pedido de consulta con cinco preguntas, cada una referente a un río de Cuenca. Por ejemplo, la primera interrogante es: “¿Está usted de acuerdo con la prohibición de la explotación minera metálica a gran escala en la zona de recarga hídrica del río Tarqui, según la delimitación técnica realizada por la Empresa Municipal de Telecomunicaciones, Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento, ETAPA EP? Sí () No ()”. Las siguientes preguntas tienen el mismo texto para los ríos Yanuncay, Tomebamba, Machángara y Norcay. Solamente sobre este último río, el texto cambia y no se habla de minería metálica a gran escala sino a mediana escala.

De acuerdo con María Eulalia Silva, presidenta ejecutiva de la Cámara, actualmente el 80 % del consumo de agua de Cuenca viene de los ríos Tomebamba y Machángara, pero en estas zonas no existen concesiones. El 20 % de agua viene desde los ríos Yanuncay (4) y Tarqui, en los que hay cuatro y dos concesiones, respectivamente. En cambio, el río Norcay no provee de agua a Cuenca.

Para Ycaza, la Corte basó su fallo en un pedido que contiene un informe de la empresa Etapa de Cuenca. Sin embargo, la propia Corte admite que esta empresa no tiene competencia para conocer de temas hídricos, sino solo de la comercialización. Adicionalmente, no toma en cuenta los fallos anteriores que ha hecho la propia Corte en los cuales había rechazado solicitudes similares argumentando que no se pueden generar vicios al elector. Pero en este caso estaría incurriendo en ese error, al basarse en documentos de referencia.

También dijo que en la zona sobre la cual se quiere realizar la consulta existen concesiones que les pertenecen a empresas de Canadá, Australia, Perú, Chile, entre otras. Todas ellas protegidas con convenios de protección de inversiones, que si bien fueron denunciados por el Gobierno anterior, tienen quince años de vigencia.

De manera general, ayer, varias Cámaras de la Producción se mostraron en contra del pronunciamiento de la Corte y dijeron que este tipo de acciones ahuyentan la inversión extranjera que tanto necesita el país. Explicaron además que no es posible que se permita que gobiernos locales decidan sobre recursos estratégicos que pueden generar riqueza a todos los ecuatorianos.

Fuente: El Universo