Un nuevo acuerdo del Ministerio del Trabajo de Ecuador abre la posibilidad de flexibilizar la jornada laboral semanal, permitiendo distribuir las 40 horas de trabajo en jornadas diarias de hasta 10 horas.
El abogado laboralista Mauricio Arpi explicó que la medida consta en el Acuerdo Ministerial MDT-2026-059, publicado el 10 de marzo de 2026 en el Registro Oficial. La normativa regula los llamados turnos u horarios especiales, que podrán aplicarse mediante acuerdos entre empleadores y trabajadores.
Según Arpi, la medida busca dar mayor flexibilidad operativa a las empresas, permitiendo ajustar los horarios según picos de producción o necesidades técnicas sin generar costos inmediatos por horas extras, siempre que no se superen las 40 horas semanales.
No obstante, el jurista advirtió que la normativa genera debate jurídico, ya que el Código de Trabajo de Ecuador establece actualmente que la jornada máxima es de 8 horas diarias y 40 horas semanales, disposición vigente desde 1938.
A su criterio, un acuerdo ministerial no puede reformar una ley, debido al principio de jerarquía normativa establecido en la Constitución de la República del Ecuador, por lo que la medida podría ser objeto de cuestionamientos legales.
Entre las críticas también se señala la posible asimetría de poder entre empleador y trabajador, ya que aunque la norma establece que debe existir un acuerdo entre ambas partes, en la práctica un empleado podría sentirse presionado a aceptar jornadas extendidas para conservar su trabajo.
Otro punto de discusión es que la redistribución de horas podría reducir el pago de horas extras, al concentrar la jornada en menos días.
El acuerdo también incluye disposiciones relacionadas con el empleo juvenil, con incentivos para la contratación de personas entre 18 y 29 años.
Sin embargo, Arpi considera que cualquier cambio estructural en el régimen laboral debería realizarse mediante una reforma al Código de Trabajo aprobada por la Asamblea Nacional, y no únicamente a través de un acuerdo administrativo.









