Ciudadanos que infrinjan el toque de queda, establecido de 21:00 a 05:00, serán sancionados hasta con prisión. En cuánto a la movilidad, agentes efectúan controles para garantizar se cumpla la restricción.
Desde las 21:00 del martes 17 de marzo aplica en el país el toque de queda decretado por el Gobierno Nacional como medida preventiva que busca evitar la propagación del coronavirus covid-19. En Cuenca, uniformados de la policía, conjuntamente con agentes civiles y militares, efectúan controles.
La noche del martes, autoridades de la provincia se dieron cita en la Panamericana Sur, sector de la ‘Y’ de Cumbe. Allí se estableció un punto de control que contó con 12 agentes, en el que se efectuó la revisión de vehículos, señaló Mario Castro, jefe de la Subzona de Policía de Azuay.
El gobernador de la provincia, Xavier Martínez, manifestó que los únicos casos en los que se permite la circulación son aquellos casos de emergencias médicas. Sin embargo, fue enfático en señalar que el incumplir con “la orden de prohibición especial y legalmente establecida” se sanciona con el artículo 282 del COIP que castiga con pena privativa de la libertad de uno a tres años.
Santiago Almeida, comandante de la Tercera División de Ejército Tarqui, señaló que un total de 180 militares, entre oficiales y soldados, han sido dispuestos en distintos puntos de la provincia.
También, Castro indicó que 125 policías han sido distribuidos en cuatro puntos de las vías estatales y 10 zonas dentro del cantón Cuenca.
Las sanciones en las vías urbanas por infringir la restricción de movilidad están a cargo de los agentes civiles de la Empresa de Movilidad, EMOV; mientras que en el caso de las estatales, la sanción corre por cuenta de los vigilantes de la Comisión de Tránsito del Ecuador, CTE.
Cabe señalar que el Gobernador señaló que los ciudadanos deben pensar antes de salir de sus casas, pues al ser una medida restrictiva “no es posible salir de paseo o de visita a un familiar”.
Según el gobernador Martínez, en el primer día de toque de queda no hubo sanciones en las zonas establecidas para los controles, como una forma de socializar con las personas; sin embargo, indicó que en los siguientes días se aplicará estrictamente la norma con el fin de prevenir contagios. (I)
¿Qué es estado de excepción?
El art. 164 de la Constitución señala: “La Presidenta o Presidente de la República podrá decretar el estado de excepción en todo el territorio nacional o en parte de él en caso de agresión, conflicto armado internacional o interno, grave conmoción interna, calamidad pública o desastre natural. La declaración del estado de excepción no interrumpirá las actividades de las funciones del Estado”.
¿Qué es toque de queda?
El ‘toque de queda’ es la medida que establece el Gobierno Nacional en situaciones excepcionales para limitar la libre circulación de ciudadanos por las calles y la permanencia en espacios públicos con la intención de resguardar la seguridad, en este caso, evitar la propagación del coronavirus.
En Ecuador rige de 21:00 a 05:00, excepto en la provincia de Guayas, en donde debe cumplirse de desde las 16:00 hasta las 05:00.
¿Quiénes tienen restricción de movilidad?
Según el Decreto Ejecutivo 1017, todas las personas que están en el país tienen limitada la libertad de circulación por las vías y en el espacio público. Aplica para nacionales, extranjeros residentes, migrantes y turistas.
¿Cuándo, quienes y para qué pueden salir?
Los lunes, miércoles, viernes y domingo circularán los automóviles con placas que terminen en número impar; mientras que los días martes, jueves y sábado circularán los vehículos que terminen en número par y en cero. Nadie podrán circular durante el horario de toque de queda, de 21:00 a 05:00 del siguiente día. Saldrá una sola persona, quien únicamente puede abastecerse de víveres, medicamentos y combustible.
Otros casos
Para los taxis convencionales y taxis ejecutivos se aplica la restricción vehicular de acuerdo con el último dígito de la placa. No podrán circular durante el horario de toque de queda.
Carga mixta, liviana y pesada
se permitirá la circulación siempre y cuando pertenezcan a los sectores priorizados en el Decreto 1017 y porten el salvoconducto correspondiente.
Turismo prohibida circulación.
Institucional se permite la circulación solo de los sectores priorizados en el Decreto y en el horario de toque de queda requerirán un salvoconducto.
Escolar: tiene prohibida la circulación.
Privado: los carros particulares podrán salir para abastecerse de víveres, medicamentos y combustible, según el último dígito de la placa. Nadie puede salir fuera de la provincia.
Sanciones en Cuenca
Agentes de la EMOV y de la CTE sancionarán a los conductores que incumplan los horarios establecidos según el último dígito de placa. La sanción es una contravención de segunda clase que se castiga con el 50 por ciento del salario básico y disminución de 9 puntos en la licencia. El mal uso del salvoconducto, puede costar de uno a tres años de prisión, según el 282 del COIP.
Salvoconductos
¿Quiénes pueden usar el salvoconducto?
La emisión del salvoconducto, aplica al sector de exportaciones y demás cadenas logísticas, provisión de alimentos, de abastecimiento a supermercados, tiendas, abarrotes, fruterías, carnicerías, panaderías, mercados, farmacias, empresas de producción de empaques de alimentos, insumos de limpieza e higiene, almacenes de suministros de cadenas agrícolas y camaroneras. En el sector financiero, mercado valores y alojamiento turístico.
¿Quiénes pueden movilizarse durante el estado de excepción?
Salud de la Red Pública y Privada.
Seguridad Pública, Privada, Servicios de Emergencias y Agencias de Control.
Sectores Estratégicos.
Servicios de emergencia vial.
Sector exportador y toda su cadena logística.
Prestación de servicios básicos, como agua potable, electricidad, recolección de basura y otros.
Provisión de alimentos, incluido transporte y comercialización.
Provisión de medicinas, insumos médicos y sanitarios, incluido su transporte y comercialización.
Industrias y comercios relacionados al cuidado y crianza de animales.
Trabajadores de los medios de comunicación.
Sector financiero.
Servicio consular acreditado en el país.
Personas particulares en caso de emergencia debidamente justificada.
Fuente: El Tiempo