Colectivos feministas se movilizan por la despenalización del aborto

0
1134

La mañana de este 10 de noviembre de 2020 en el parque de la madre de Cuenca colectivos feministas se concentraron para apoyar la acción de inconstitucionalidad de la despenalización del aborto en caso de violación que fue enviada a la Corte Constitucional del Ecuador en Quito.

En Quito el Centro de Apoyo y Protección de los Derechos Humanos SURKUNA, Amazon Frontlines, la Comisión Ecuménica de Derechos Humanos y el Movimiento de Mujeres de El Oro presentaron en la Corte Constitucional una acción de inconstitucionalidad de penalización del aborto en caso de violación.

Desde temprano, mujeres acudieron al Parque de la Madre. Colocaron pañuelos verdes alrededor del monumento en honor a la madre. “Madres por decisión, no por violación”, corearon las activistas que se congregaron en Cuenca.

A escala nacional, varias mujeres se organizaron para marchar a favor de la acción de inconstitucionalidad que según ellas permitirá erradicar la violencia contra las mujeres y la despenalización del aborto por violación.

El pedido de inconstitucionalidad es al artículo 150, numeral 2, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que establece que el aborto no es punible si el embarazo es consecuencia de la violación a una mujer con discapacidad mental, piden que la norma abarque a todas las mujeres, sin excepción.

Esta acción se suma a las otras demandas a las que ya han sido presentadas anteriormente, las cuales pretenden enfatizar la necesidad de que la Corte Constitucional atienda de manera prioritaria esta demanda para proteger a niñas, adolescentes y sobrevivientes de violencia sexual. Si este criterio de priorización es aprobado la acción deberá conocerse de forma inmediata, es decir, este mismo año o en los primeros meses del año 2021.

En Ecuador no se castiga el aborto si la vida de la mujer está en peligro o por violación a alguien con discapacidad. Varios colectivos feministas buscan despenalizarlo siempre que sea producto de una violación, por incesto, estupro, inseminación no consentida y malformación del feto.

Según cifras de 2018 del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC), en Ecuador 148 adolescentes de 15 a 19 años dieron a luz cada día, durante ese año. Esto significa que Ecuador es el segundo país de la región andina con la tasa más alta de embarazo adolescente.

El 17 de septiembre del 2019, la Asamblea negó la despenalización del aborto para las víctimas de violación, incesto, estupro, además inseminación no consentida y malformaciones congénitas del feto, como parte de las reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP).

Hace casi un año, el 27 de noviembre del 2019, la Corte Constitucional no dio paso la objeción presentada por Lenín Moreno a la transitoria segunda de la reforma al COIP. «Si el Presidente de la República consideraba que la actual prohibición penal del aborto en casos de violación es inconstitucional, pudo o bien puede presentar a la Asamblea un proyecto de ley para despenalizarlo o bien presentar ante esta Corte una demanda de inconstitucionalidad al numeral dos del artículo 150 del COIP», dijeron los magistrados en su dictamen.

Informes de la Relatoría de Naciones Unidas recomiendan al estado ecuatoriano que “modifique urgentemente el Código Penal con el fin de despenalizar el aborto en los casos de violación, incesto y malformaciones fetales graves, y cree un entorno propicio para garantizar que todas las mujeres y niñas puedan practicarse un aborto sin complicaciones y tengan acceso a atención posterior al aborto, garantizando el acceso a los servicios correspondientes”.

Reporte: Tomás Villota.