En el artículo uno del documento habla sobre otorgar amnistía migratoria y un proceso de regularización extraordinario a personas de nacionalidad venezolana y su grupo familiar que hayan ingresado a través de los puntos de control migratorio oficiales y que se encuentren en situación migratoria irregular hasta el 1 de junio.
En el segundo punto se menciona que el proceso de registro de permanencia migratoria de todas las personas extranjeras estará a cargo del Ministerio del Interior.
El proceso de regularización extraordinario para ciudadanos venezolanos estará bajo la tutela del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana. Para ello se les otorgará una Visa de Residencia Temporal de Excepción para Ciudadanos Venezolanos (VIRTE) siempre que cumplan con las siguientes condiciones:
- Haber ingresado regularmente por puntos de control migratorios regulares.
- Haber cumplido con el proceso de registro de permanencia migratoria ante el Ministerio del Interior.
- No ser considerado una amenaza o riesgo para la seguridad pública y estructura del Estado ecuatoriano, “para lo cual no deberá constar en los registros de las instituciones del Estado relacionados con el orden público y la seguridad ciudadana”.
Este proceso durará un año. La visa VIRTE tendrá una duración de dos años (se podrá renovar solo por una vez) y será gratuita, salvo el formulario y la orden de cedulación
Por su parte el colectivo Venezuela en Ecuador ha señalado que esta ley tiene “vacíos” que provocarían deportaciones de extranjeros de manera “injusta” y basada en “estereotipos” planteados a raíz de la ola de violencia que vive el país.
Fuente: El Comercio