Director de la ANT: Ecuador prohíbe que dos hombres viajen en moto para reducir delitos

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Este miércoles por la noche, la ANT emitió una resolución para prohibir la circulación dos personas en moto, definiendo las respectivas excepciones; esto como medida preventiva ante posibles hechos delictivos. La resolución está próxima a publicarse en el registro oficial para inmediata aplicación.

Solo una persona se puede movilizar en moto en todo el país. Los municipios deberán iniciar controles de forma inmediata luego de que el reglamento ha sido publicado en el registro oficial, señaló Gabriela Pacheco, Directora de la Agencia Nacional de Tránsito en Azuay en una entrevista con radio La Voz del Tomebamba.

Asimismo, Adrián Castro, Director Ejecutivo de la Agencia Nacional de Tránsito (ANT), justificó que solo en lo que va de 2022 han ocurrido 220 muertes violentas y 6242 delitos en el país que fueron cometidos por dos o más personas que se movilizaban en moto, por lo tanto, la circulación de dos personas en motocicleta se limita a una sola persona, a excepción del traslado de cónyuge o conviviente en unión de hecho, hijos o hermanos, personas con discapacidad, adultos mayores, mujeres, menores de 12 años, indicó.

El objetivo de esta resolución es tener mayor control sobre la capacidad permitida de personas que se movilizan en este tipo de vehículos, ante los hechos delictivos que se registran en el país.

Según un informe de la Policía Nacional, en el primer trimestre de este año, en promedio se cometen tres robos al día a bordo de motos, solo en Quito. Mientras que en Guayaquil, el 60% de los delitos se cometen en motocicletas.

Adrián Castro, acotó que se facultará a los Municipios, Mancomunidades o Consorcios para que establezcan reglas complementarias, siempre que garanticen la seguridad de los ciudadanos y sus medidas se sustenten en informes técnicos, estadísticos y en el análisis de su realidad local.

Por su parte, los entes de control operativo de tránsito y seguridad vial a nivel nacional intensificarán los operativos para hacer cumplir esta resolución y también para verificar la validez y vigencia de la licencia de conducir, pues más de 85.000 licencias fueron anuladas por la ANT por haber sido obtenidas fraudulentamente.

Según la resolución emitida por la ANT, hay dos opciones para sancionar a quienes no respeten la restricción de movilizarse dos personas en una moto.

La primera: puede ser una contravención de quinta clase establecida en la Ley Orgánica de Tránsito, Transporte Terrestre y Seguridad Vial (LOTTSV). Se sanciona con el 15% de un Salario Básico Unificado (SBU), que equivale a 63,75 dólares, más una reducción de 4,5 puntos en la licencia de conducir.

La segunda: puede ser castigado por desacato, que está establecido en el artículo 282 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y por lo tanto se penaliza con una sanción de uno a tres años de prisión.