La Asamblea Nacional aprueba de manera unánime el cuarto proyecto de ley urgente de Noboa, que trata sobre extinción de dominio

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La Asamblea Nacional aprobó en segundo debate en la tarde de este jueves 8 de febrero el cuarto proyecto de ley urgente en materia económica enviado por Daniel Noboa, titulado Ley Orgánica para el Ahorro y la Monetización de Recursos Económicos para el Financiamiento de la Lucha contra la Corrupción.

Entre los temas que se reforma a través de esta propuesta es la extinción de dominio. Se incluye tres excepciones para que esta medida pueda ser implementada sin sentencia condenatoria ejecutoriada previa:

  • Cuando los bienes objeto de extinción de dominio sean de propiedad de uno o varios miembros de grupos de delincuencia organizada nacional o transnacional, organizaciones terroristas y actores no estatales beligerantes, identificados mediante resolución motivada del Consejo de Seguridad Pública y del Estado, o que se encuentren descritos en las resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas o en cualquier otro instrumento internacional ratificado por el Ecuador;
  • Cuando se trate de bienes o activos injustificados sobre los cuales exista relación de causalidad con el crimen organizado nacional o transnacional, organizaciones terroristas y actores no estatales beligerantes; y
  • Cuando se trate de delitos flagrantes respecto de los bienes o activos cuya titularidad se encuentren en propiedad de uno o varios de los miembros de grupos de delincuencia organizada nacional o transnacional, organizaciones terroristas o actores no estatales beligerantes

Asimismo, se establece la creación, dentro del Servicio Nacional de Contratación Pública, una Unidad de Antilavado de Activos y Anticorrupción la que deberá reportar reservadamente, de conformidad con las normas aplicables para dicho efecto, a la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE) las operaciones y transacciones inusuales e injustificadas de las cuales tuviese conocimiento.

El objetivo de este proyecto es financiar la lucha contra la corrupción, el narcotráfico, el crimen organizado, el terrorismo y demás delitos asociados a la criminalidad, a través del ahorro de recursos, prevención de delitos y transparencia en la contratación pública.

Además de la Ley de Extinción de Dominio, también reforma otros siete cuerpos legales:

  • Código Orgánico Integral Penal (COIP)
  • Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública
  • Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado
  • Ley Orgánica de la Procuraduría General del Estado
  • Código Orgánico Administrativo
  • Ley de Tenencia de Armas
  • Código Civil

La monetización de los bienes extinguidos, que ya sean transferidos al Estado, deberán ser investidos en programas destinados a desarrollo integral infantil; en atención de programas de prevención y rehabilitación de uso y consumo de sustancias sujetas a fiscalización a prevención y erradicación de la violencia intrafamiliar.

Este dinero también tendrá destino a iniciativas de atención y mitigación de los efectos de desastres y fenómenos naturales a nivel nacional, a la elaboración y ejecución de proyectos que promuevan el desarrollo económico, social, vial, deportivo o cultural, en provincias fronterizas y zonas rurales; y al uso que sea determinado por el Ministerio de Economía y Finanzas.

Fuente: Ecuavisa