Daniel Noboa extiende el tiempo para la entrega de compensaciones a transportistas intra e interprovinciales

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Con la emisión del Decreto Ejecutivo número 378, el presidente Daniel Noboa dispuso que se incremente por un mes más el mecanismo de compensación para transporte intraprovincial e interprovincial. Si bien en el documento se habla de ocho meses, estos se cuentan desde el 12 de septiembre del año pasado cuando se suscribió el Decreto Ejecutivo 125, lo cual implica que la compensación se extiende hasta abril porque se paga a mes caído en mayo.

Las compensaciones al transporte intracantonal no han variado desde el Decreto del 12 de septiembre. El cambio corresponde al transporte intraprovincial e interprovincial.

Los plazos previstos en este Decreto estarán vigentes desde la expedición del Decreto Ejecutivo No. 125: 12 de septiembre de 2025.

Decreto 125

EL Decreto Ejecutivo número 125 de 12 de septiembre de 2025, estableció en su disposición general décima que el mecanismo de compensación intracantonal se aplicaría por ocho meses, con posibilidad a extenderse por cuatro meses más según lo considere el Comité de Optimización Energética (COENER).

El Decreto Ejecutivo No. 161 de 26 de septiembre de 2025, estableció en su artículo 1, literal b), la sustitución de la disposición general décima (del Decreto Ejecutivo No. 125) agregando la compensación al transporte público intraprovincial e interprovincial por seis meses. Es decir, entiéndase que la disposición general décima del DE No. 125 queda de esta manera.

El Decreto Ejecutivo No. 352 de 31 de marzo de 2026, estableció en su artículo 1, literal a), la sustitución de la disposición general décima (del DE No. 125) agregando un mes más para la compensación del transporte público intraprovincial e interprovincial, pasando de seis meses a siete meses. Es decir, entiéndase que la disposición general décima del DE No. 125 queda de esta manera.

El Decreto Ejecutivo No. 378 de 08 de mayo de 2026, estableció en estableció en su artículo 1, literal a), la sustitución de la disposición general décima (del DE No. 125) agregando un mes más para la compensación del transporte público intraprovincial e interprovincial, pasando de siete meses a ocho meses. Es decir, entiéndase que la disposición general décima del DE No. 125 queda de esta manera.

Siendo así, el Decreto Ejecutivo No. 125 ha sido reformado por tres ocasiones. Las compensaciones al transporte intracantonal no han variado desde la redacción propuesta en el decreto original del 12 de septiembre de 2025. Las compensaciones al transporte intraprovincial e interprovincial sí han variado, actualmente se extiende un mes más correspondiente a abril de 2026.

Fuente: Ecuavisa