Normas para el retiro de vehículos infractores

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Todo vehículo retenido por irrespeto a las restricciones de circulación por la emergencia sanitaria será devuelto a partir del quinto día de haber cometido la infracción y de acuerdo con los requisitos establecidos por las entidades de tránsito.

La Comisión de Tránsito del Ecuador, CTE, resolvió que se devolverán únicamente por casos de mal uso del salvoconducto, uso fraudulento de salvoconducto y por incumplimiento del toque de queda.

Para el trámite se debe presentar original y copia de la cédula de identidad, original y copia de la matrícula que pruebe la propiedad del vehículo y el recibo de pago de grúa particular; si el vehículo fue remolcado por grúa del Estado no requiere el recibo.
El documento destaca que la devolución se cumplirá el día que la circulación esté permitida de acuerdo con el último dígito de la placa; además, las multas por la infracción se cobrarán a partir de agosto del año en curso.

EMOV
La Empresa Municipal de Movilidad, EMOV, informó que desde el lunes 20 de están habilitadas las ventanillas de las oficinas ubicadas en Misicata y Parque de la Madre para el pago de las multas, de 08:00 a 12:00.

También pueden hacerlo a través del sistema de pago en línea, desde la página www.emov.gob.ec.
Para retirar los vehículos, los infractores deberán cancelar 200 dólares de multa, más los costos que implican el remolque en grúa y los días que estuvieron ocupando el patio de retención.

El COE establece que los lunes podrán circular los vehículos con placas terminadas en 1 y 2, los martes 3 y 4, miércoles 5 y 6, jueves 7 y 8, viernes 9 y 0.
Los sábados y domingo no podrá circular ningún automotor particular.

Fuente: El Tiempo