Cuatro vocales del Consejo Nacional Electoral destituidos en una sentencia de primera instancia del TCE

0
786

En una sentencia de primera instancia, el juez del Tribunal Contencioso Electoral (TCE) Ángel Torres aplicó la máxima sanción, con destitución y multa a cuatro de los cinco consejeros del Consejo Nacional Electoral (CNE).

No obstante, los sancionados podrán apelar este fallo ante el pleno del Tribunal Contencioso, que será de última instancia y cumplimiento.

La denuncia la planteó el movimiento Justicia Social alegando que el CNE determinó en una resolución del 14 de diciembre que precluyeron los plazos para que realicen las fases de democracia interna, aceptación de candidaturas e inscripción, por lo que incumplió las sentencias del TCE del 30 de octubre y del 8 de diciembre.

El caso lo tramitó el juez Torres, en una diligencia que se efectuó entre el lunes y martes últimos.

La sentencia se divulgó la tarde de este 6 de enero, y en ella el magistrado declaró a los consejeros: Diana Atamaint, José Cabrera, Enrique Pita y Luis Verdesoto «responsables de haber incurrido en la infracción electoral muy grave tipificada en el numeral 12 del artículo 279 del Código de la Democracia».

Torres los destituyó del cargo, ordenó la suspensión de sus derechos políticos por cuatro años y a pagar una multa de 70 salarios básicos que bordea los $ 28. 000.

Además, que el CNE publique la sentencia en su portal web por dos meses consecutivos; y que por el mismo periodo reconoza que «las vulneraciones sucedidas a la tutela judicial efectiva, debido proceso, seguridad jurídica y pida disculpas a la ciudadanía ecuatoriana por la afectación al derecho de participación del Movimiento Justicia Social, Lista 11 y con aquello, provocar incertidumbre electoral debido a la conducta antuurídica incurrida al incumplir la sentencia dictada por el Tribunal Contencioso Electoral en la causa No. 080-2020-TCE, más aún cuando se está en período electoral”.

También que realice dos eventos como seminarios, ciclo de conferencias o talleres de capacitación mientras dure el período electoral sobre el ejercicio de los derechos de participación y su vulneración, tomando como base de la misma, esta sentencia.

Hasta el momento, los consejeros no se han pronunciado sobre la resolución jurisdiccional.

Fuente: El Universo