Se aplazó la audiencia contra el Teniente Camacho, implicado en el caso de María Belén Bernal

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Para este 1 de febrero de 2024 estaba programada una audiencia de revisión de sentencia para el teniente de Policía, Alfonso Camacho, en el caso de femicidio de María Belén Bernal. La diligencia se retomará el 26 de este mes.

María Belén Bernal fue asesinada dentro de la Escuela Superior de Policía, en Quito, en septiembre de 2022. Como autor de asesinato su esposo, Germán Cáceres, fue sentenciado a 34 años de cárcel, mientras que el teniente Alfonso Camacho fue declarado inocente. Sin embargo, la familia de Bernal ha solicitado una audiencia de apelación para que se revea la libertad del Teniente. Olga Viscarra, madre de Camacho, pide a los jueces que se ratifique la inocencia de su hijo «sobre la base de las pruebas y pericias que se encuentran dentro del proceso».

La madre del Teniente dice que ya ha enfrentado un proceso administrativo y otro judicial y que en ambos fue declarado inocente. «Sin embargo, la ambiciones desmedidas y los afanes de protagonismo político llevaron a esta apelación», dice Viscarra.

La audiencia estaba programada para este 1 de febrero, pero fue diferida por la defensa de la familia de Bernal, que señaló que uno de los abogados estaba enferma. La diligencia se realizará el 26 de este mes.

¿Cuál sería el delito?

Según el artículo 28 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), la omisión dolosa es el comportamiento de una persona que, deliberadamente, prefiere no evitar un resultado material típico, cuando se encuentra en posición de garante.

El teniente Alfono Camacho, quien llevaba 10 días laborando en la Escuela Superior de Policía, cuando ocurrió el femicidio de Bernal fue a juicio por omisión dolosa, y sería el primero en Ecuador en ser juzgado por este delito.

En este caso, con la omisión dolosa se pretende decir que Camacho sabía que se estaba cometiendo un femicidio en la habitación 34 (de Germán Cáceres). Gladys Teran, abogada de Camacho, señaló, en una pasada publicación a LA HORA, que en la audiencia preparatoria de juicio “demostramos que el teniente Camacho no podía prever que en la habitación 34 se estaba cometiendo un femicidio, por lo tanto no existe el dolo”.La doctrina señala que la omisión dolosa se comete cuando una persona se encuentra en posición de garante: persona que tiene una obligación legal o contractual de cuidado o custodia de la vida, salud, libertad (…)”, determina el COIP.

A diferencia de Joselyn Sánchez, cadete dada de baja que declaró haber oído los pedidos de auxilio, en este caso – según el Juez– Camacho estaba en posición de garante, al ser teniente de la Policía. “Si bien es cierto, él estaba de oficial de semana, no quiere decir que la semana tenía que estar despierto y él era oficial de semana de los cadetes de segundo año, no de los oficiales (grupo al que pertenecía Cáceres)”.

Aunque fue declarado inocente, al inicio del proceso judicial la Fiscalía pidió que el teniente Alfonso Camacho sea juzgado como autor por omisión impropia del delito de femicidio. Cuando este tipo de delito existe no hay rebajas de pena, es decir, qué tal como Cáceres, Camacho podría enfrentar entre 23 y hasta 31 años de cárcel.

Fuente: La Hora