Ecuador terminó de pagar la reparación a los jueces destituidos en el gobierno de Lucio Gutiérrez

En su sentencia, la Corte IDH determinó que el país había incurrido en una afectación arbitraria a la permanencia en el ejercicio de la función judicial y la consecuente afectación a la independencia judicial.

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La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) informó que Ecuador «cumplió con todas las reparaciones ordenadas a favor de las 27 víctimas del Caso de la Corte Suprema de Justicia (Quintana Coello y otros) Vs. Ecuador» en la Sentencia de 23 de agosto de 2013. Por lo que decidió dar por concluido y archivar el caso. 27 magistrados de la Corte Suprema de Justicia de Ecuador fueron cesados arbitrariamente de sus cargos por el Congreso Nacional en diciembre de 2004, en el gobierno de Lucio Gutiérrez.

En su sentencia, la Corte Interamericana determinó que Ecuador había incurrido en una afectación arbitraria a la permanencia en el ejercicio de la función judicial y la consecuente afectación a la independencia judicial. También se determinó una violación del derecho de las víctimas de acceder a un recurso judicial efectivo para objetar los ceses y proteger sus derechos.

En vista de las mencionadas violaciones, la Corte ordenó en la Sentencia las siguientes medidas de reparación:

1. Pagar a las víctimas indemnizaciones como compensación por la imposibilidad de reintegrarlas a sus funciones como magistrados de la Corte Suprema;

2. Pagar a las víctimas las indemnizaciones por los daños materiales e inmateriales generados por las violaciones;

3. Reintegrar las costas y gastos a favor de los representantes de las víctimas

4. La publicación y difusión de la Sentencia y de su resumen oficial.

La composición de la Corte para la Resolución de 30 de enero de 2019 fue la siguiente: Juez Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot (México), Presidente; Juez Eduardo Vio Grossi (Chile), Vicepresidente; Juez Humberto Antonio Sierra Porto (Colombia), Jueza Elizabeth Odio Benito (Costa Rica), Juez Eugenio Raúl Zaffaroni (Argentina) y Juez Ricardo Pérez Manrique (Uruguay).

El Juez L. Patricio Pazmiño Freire no participó en el conocimiento, deliberación y firma de la Resolución por ser de nacionalidad ecuatoriana, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19.1 del Reglamento de la Corte.

(JPM)

Fuente: Corte IDH

Foto referencial: Expreso

Ecuadorinmediato.com