CNE habilita inscripción de candidatos para elecciones seccionales de Ecuador de 2023

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La mañana de este miércoles 7 de septiembre del 2022 Teodoro Maldonado, Director del CNE en el Azuay, dialogó en una entrevista con radio La Voz del Tomebamba, donde detalló el proceso de inscripción para elecciones seccionales de Ecuador de 2023.

El funcionario indicó que el período de inscripción de los candidatos para las elecciones seccionales vencerá a las 18h00 del próximo 20 de septiembre.  Sobre la solicitud de candidaturas mencionó que se debe respaldar con la documentación habilitante.

En el sistema de votación, Maldonado explicó que ahora se aplicarán un método tradicional conocido como Webster para que haya una votación consecuente con lista para fortalecer la participación de las organizaciones políticas y sus candidatos.

“Es un proceso que favorece el voto de los candidatos que están presentados por la lista correspondiente, de acuerdo con ello se deberán constarán el número de votos para que los escaneo sean asignados por el nuevo método”, explicó el Director del CNE en el Azuay.

Los postulantes deben cumplir otros requisitos establecidos en la Constitución y el Código de la Democracia:

  • Haber cumplido 18 años al momento de inscribir la candidatura.
  • Estar en goce de los derechos políticos.
  • Haber nacido en la respectiva jurisdicción o haber vivido en ella, de forma ininterrumpida, los dos últimos años previos a la inscripción de la candidatura.
  • Constar en el registro electoral del lugar al que desea representar y haber sufragado en el mismo en el último proceso electoral.
  • Estos dos últimos requisitos son nuevos y se aplicarán por primera ocasión en unas elecciones seccionales.
  • A esto se suma el requisito que deben cumplir las organizaciones políticas en cuanto a los porcentajes de inclusión de mujeres (30%) y jóvenes (25%). Si no cumplen los porcentajes en determinada circunscripción, el CNE puede anular todas las candidaturas de una provincia o cantón.
  • En el caso de que un postulante no cumpliera alguno de los puntos, el partido o movimiento tiene la oportunidad de reemplazarlo.

Antes de aparecer en la papeleta, los candidatos tampoco deben estar inmersos en las siguientes prohibiciones:

  • Tener contrato con el Estado, como personas naturales o como representantes o apoderados de personas jurídicas, siempre que el contrato se haya celebrado para la ejecución de obra pública, prestación de servicio público o explotación de recursos naturales.
  • Haber recibido sentencia condenatoria ejecutoriada por delitos de peculado, enriquecimiento ilícito, concusión, cohecho, tráfico de influencias, testaferrismo, lavado de activos, asociación ilícita y delincuencia organizada relacionados con actos de corrupción.
  • Adeudar pensiones alimenticias.
    Ser juez de la Función Judicial, del Tribunal Contencioso Electoral, de la Corte Constitucional o vocal del CNE, salvo que hayan renunciado seis meses antes de la elección.
  • Ser miembro del servicio exterior para ser candidato en representación de los ecuatorianos en el exterior, salvo que hayan renunciado seis meses antes de la elección.
  • Haber ejercido autoridad ejecutiva en gobiernos de facto.
  • Ser miembro de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional en servicio activo.
  • Tener bienes o capitales, de cualquier naturaleza, en paraísos fiscales.
  • Ser servidor público de libre nombramiento y remoción o de periodo fijo, salvo que haya renunciado antes de la fecha de la inscripción de su candidatura. Los candidatos que van a la reelección no deben renunciar.
  • Para verificar la prohibición relacionada con los paraísos fiscales, los candidatos deben presentar una declaración juramentada ante un notario. También deben presentar otra declaración juramentada en el caso de que tengan que verificar los dos años de residencia ininterrumpida.